Normativa de inmigración
Los alumnos de países de la Unión Europea no necesitan hacer ningún trámite antes de desplazarse a España.
Los alumnos de países no integrados en la Unión Europea que deseen desplazarse a España para estudiar durante un periodo superior a los tres meses deberán:
- Pedir un visado de estudiante en la embajada o consulado español en su país de origen, antes de viajar a España.
- Obtener los impresos para tramitar la obtención de la tarjeta de estudiante y el número de identificación de extranjero (NIE) en la Oficina de Movilidad Internacional de Barcelona. La tarjeta de estudiante acreditará la situación legal en España
- Para más información, dirigirse a:
Oficina de Movilidad Internacional de Barcelona
Campus Norte (módulo A4)
C/ Jordi Girona, 1-3
08034 Barcelona (Espanya)
Tel.: (34) 93 401 69 37
oficina.mobilitat.internacional@upc.edu
Horario: de lunes a viernes de 10 a 14 h y martes y jueves también de 16 a 18 h
Agosto: cerrado
Legalización de títulos
Para formalizar la inscripción a un máster o posgrado, hay que entregar a la School of Professional & Executive Development una fotocopia del título universitario.
Para los alumnos de países de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo no será preciso que la fotocopia del título esté legalizada.
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Chipre.
La legalización del título tampoco se exigirá a los ciudadanos de Suiza, por acuerdo bilateral con la UE.
Para el resto de alumnos extranjeros, los títulos deben estar debidamente legalizados, de acuerdo con las condiciones siguientes:
- Documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio de la Haya. La legalización única o "apostilla" expedida por las autoridades competentes del país es suficiente.
Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Azerbaijan, Bahamas, Barbados, Belice, Bielorrusia, Bosnia Herzegovina, Botsuana, Brunei-Darussalam, Bulgaria, Colombia*, Croacia, Dominica, El Salvador, Ecuador, Estados Unidos de América, Federación Rusa, Fiji, Granada, Hong Kong, Honduras, isla Mauricio, isla Niue, islas Marshall, Israel, Japón, Kazajstán, Lesoto, Liberia, Macao, antigua República Yugoslava de Macedonia, Malaui, Malta, México, Montenegro, Namibia, Nueva Zelanda, Panamá*, Puerto Rico, Samoa Occidental, San Cristóbal y Nieves, San Marino, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Serbia, Seychelles, Sudáfrica, Surinam, Suazilandia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía y Venezuela*.
Extensiones: Países Bajos (Antillas Holandesas, Aruba); Reino Unido (Anguila, Jersey, isla de Guernesy, isla de Man, Bermudas, Territorio Antártico Británico, islas Caimán, islas Falkland, Gibraltar, Montserrat, Santa Helena, islas Turcos y Caicos, e islas Vírgenes).
- Documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio Andrés Bello. Deben ser legalizados por vía diplomática.
Bolivia, Colombia*, Cuba, Chile, Ecuador*, Panamá*, Paraguay, Perú y Venezuela*.
(*) Cuando el país sea signatario del Convenio de la Haya y del Convenio Andrés Bello podrá seguir el proceso de legalización por vía diplomática que elimina el último trámite de la legalización ordinaria y resulta más sencillo.
Los alumnos tendrán que solicitar la legalización a los siguientes organismos:
Ministerio de Educación del país de origen;
representación diplomática o consular de España en el país de origen. - Documentos expedidos en el resto de los países. Los alumnos tendrán que solicitar la legalización a estos organismos:
Ministerio de Educación del país de origen;
Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidió el título;
representación diplomática o consular de España en el país de origen. - Documentos expedidos por autoridades diplomáticas o consulares de otros países en España. Deben legalizarse en el Ministerio español de Asuntos Exteriores.
Traducción de títulos
Los documentos o títulos extranjeros en otra lengua que no sea el español tendrán que ser traducidos a este idioma según establece el artículo 36.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Podrán hacer la traducción oficial::
- un traductor jurado, debidamente autorizado o inscrito en España;
- cualquier representación diplomática o consular de España en el extranjero;
- la representación diplomática o consular en España del país originario del solicitante o, en su caso, del país del que procede el documento.
Idiomas
La School of Professional & Executive Development se encuentra en Cataluña, un territorio que por sus particularidades históricas y culturales tiene una autonomía política significativa dentro de España y una lengua cooficial con el español. El 93 % de la población de Cataluña conoce el catalán, el 68 % lo sabe hablar y el 67 % lo sabe escribir. Los dos idiomas son de origen latino y tienen mucho en común.
Las actitudes sociales hacia los dos idiomas son cordiales y flexibles. Los dos se utilizan libremente en la vida cotidiana y es bastante habitual pasar de uno a otro o mantener conversaciones bilingües en grupo.
Si deseas aprender catalán te proponemos contactar con:
- Servicio de Lenguas y Terminología (UPC)
C/ Jordi Girona, 31, edificio TG, planta baja
08034 Barcelona (España)
Tel.: (34) 93 401 77 69
didactica.slt@upc.es - Intercat, una iniciativa de los servicios lingüísticos de nueve universidades catalanas y la Dirección General de Universidades, que ofrece cursos gratuitos en línea.
-
Merit School
Edificio Nexus II (Campus Norte)
C/ Jordi Girona, 29
08034 Barcelona (España)
Tel.: (34) 93 413 79 96
merit.nexus@meritschool.com
Alojamiento
Para encontrar alojamiento en Barcelona, las universidades de la ciudad tienen un convenio con Barcelona Centro Universitario y su central de reservas Barcelona Housing Service for Students, que te orientará sobre las diferentes opciones de alojamiento disponibles (residencias universitarias, piso compartido, alquiler de piso, alojamiento en familia, etc.), su coste y los requisitos para hacer efectivo el contrato.
- Barcelona Housing Sevice for Students
C/ Torrent de l’Olla, 219
08012 Barcelona
Metro: L3 Lesseps
Tel.: (34) 93 238 90 72
Fax: (34) 93 228 92 59
info@bcn-housing-students.com
Desde la UPC School queremos prevenirte sobre un tipo de empresas que están proliferando en el sector inmobiliario: dicen ser unas agencias de búsqueda de pisos que cobran anticipadamente para encontrar alojamiento de acuerdo con tus necesidades. La mayoría de las empresas de este tipo no son de fiar, ya que una vez han cobrado no prestan el servicio que ofrecen.




